BASES REGULADORAS
PROGRAMA COMPETITIVIDAD TRANSPORTE TERRESTRE
PUERTO DE BILBAO – VARIANTE SUR METROPOLITANA
1. Objeto del programa
El Plan Estratégico del Puerto de Bilbao 2018-2022 recoge entre sus líneas de actuación el impulso a las conexiones del Puerto con otras infraestructuras ya existentes, como la Fase 1 de la Variante Sur Metropolitana a efectos de mejorar los accesos por carretera.
Para ello, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Bilbao (APB) en sesión celebrada con fecha 19 de abril de 2018 aprobó la firma de un Convenio de Colaboración entre la APB e Interbiak (Bizkaiko Hegoaldeko Akzesibilitatea, S.A.) para la mejora de la intermodalidad y competitividad del Puerto de Bilbao.
A partir de este acuerdo alcanzado, la APB se sirve del Programa de Competitividad del Transporte Terrestre, para impulsar el grado de utilización del programa de preaviso de entrada de la plataforma e-puertobilbao y la conexión entre el Puerto de Bilbao y la Variante Sur Metropolitana (alternativa viaria de peaje).
El objetivo de Programa es reducir colas y tiempos de espera de camiones en los accesos al Puerto de Bilbao, dentro del recinto portuario y en las carreteras convencionales de la red viaria de uso libre y gratuito.
Con este propósito, la APB establece un incentivo al transporte pesado de vehículos, por preaviso realizado en la plataforma e-puertobilbao y trayecto con origen o destino al Puerto de Bilbao sirviéndose de la Variante Sur Metropolita (alternativa viaria de peaje).
El cumplimiento de este Convenio entre la APB e INTERBIAK está sujeto a la Vigencia presupuestaria del Programa de Competitividad de Transporte Terrestre aprobado anualmente en el Plan de Empresa de la Autoridad Portuaria de Bilbao.
A continuación, se desarrollan las Bases Reguladoras para tener acceso al citado incentivo en cumplimiento de la finalidad expuesta anteriormente.
2. Requisitos de las personas beneficiarias
Podrán acceder a las bonificaciones indicadas anteriormente las personas físicas o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:
- Vehículos pesados que salgan o accedan al Puerto de Bilbao a través de la Variante Sur Metropolitana, usando el acceso Santurtzi.
- Que el beneficiario se haya dado de alta satisfactoriamente a través de la página web del Puerto de Bilbao.
- Que el vehículo pesado utilice para pagar el dispositivo o sistema de telepeaje (OBE).
- Vehículos pesados que hayan utilizado el programa de preaviso en la plataforma e-puertobilbao.
3. Hecho sujeto a incentivo
Tendrá la consideración de hecho sujeto a incentivo el uso de la Variante Sur Metropolitana sometida a peaje por parte de los vehículos de transporte pesado con origen o destino al Puerto de Bilbao usando el acceso Santurtzi y que utilicen el sistema de preaviso de entrada a través de la plataforma e-puertobilbao.
4. Solicitudes y Documentación a presentar
Las solicitudes se presentarán cumplimentado el Formulario de Alta normalizado que figura en la página web bilbaoport.
5. Forma y plazo para la darse de alta
El titular de la tarjeta OBE podrá darse de alta en este programa en cualquier momento a contar desde el 1 de junio de 2018 y hasta la fecha de finalización del Convenio entre la APB e Interbiak.
A efectos de la liquidación y pago, comenzarán a computar para este incentivo, todos los preavisos/trayectos realizados desde 30 de junio de 2018, en tanto no haya finalizado el Convenio en vigor entre la APB e Interbiak y se cumplan todos los requisitos expuestos en el apartado 2.
6. Procedimiento de concesión
Al finalizar la cumplimentación del Formulario de alta se obtendrá una confirmación de que el proceso se ha completado satisfactoriamente pasando a formar parte de un Registro de Solicitantes con derecho a este incentivo. El incentivo previsto en estas bases reguladoras se abonará a aquellos usuarios que formen parte del Registro de Solicitantes y cumplan la totalidad de requisitos especificados en el apartado 2. Requisitos de las personas beneficiarias.
7. Crédito presupuestario
La APB pone a disposición de este programa una dotación económica anual de un máximo de 100 mil € para los ejercicios 2018, 2019,2020 y 2021.
8. Cálculo de bonificación por beneficiario
El reparto del crédito máximo anual de 100 mil € entre los beneficiarios se realizará a prorrata computando la totalidad de entradas y salidas producidas en cada ejercicio en el Puerto de Bilbao, acceso Santurtzi, en el que se cumplan las condiciones indicadas en el apartado 2. Requisitos de las personas beneficiarias.
Los cálculos del reparto de la dotación económica anual serán certificados por una empresa independiente homologada a tal efecto.
El incentivo que resulte por preaviso/trayecto no podrá exceder de 0,75 euros. En caso de que, iniciado el programa, la APB observara que el crédito presupuestario de 100 mil € anuales no se consume en su totalidad, podrá elevar este máximo a un umbral superior para las siguientes anualidades.
9. Abono del incentivo
El abono de estas bonificaciones tendrá carácter anual y se realizará en un único pago en los 31 días siguientes a la finalización de cada ejercicio en la cuenta bancaria facilitada por el beneficiario en el Formulario de Alta.
10. Obligación de información
Los beneficiarios que hayan completado satisfactoriamente el alta en este programa, deberán notificar por escrito cualquier cambio que se pudiera producir en el futuro, en el número de matrícula o número de OBE, con respecto al que hubieran incorporado en el momento de la solicitud.
De lo contrario, los preavisos/trayectos que pudieran realizarse dejarán de computar en los cálculos de liquidación y pago para ese titular.
La notificación de cambio de número de matrícula o de número de OBE deberá realizarse al siguiente correo electrónico: administrazioa@bilbaoport.eus
11. Entrada en vigor y finalización de la vigencia
La entrada en vigor de este programa será el 30 de junio de 2018 siendo su fecha de finalización cuatro años a contar desde su entrada en vigor.
12. Régimen transitorio
Para el ejercicio 2018 el crédito presupuestario de 100 mil € anuales se prorrateará por el periodo a contar entre la entrada en vigor de este programa y el 31 de diciembre de 2018.
13. Protección de datos
13.1. Responsable del tratamiento
Identidad: Autoridad Portuaria de Bilbao
CIF: Q4867002J
Direción postal: Campo de Volantín 37, 48007 Bilbao
Teléfono: 944871200
Delegado de Protección de Datos: el indicado en la página web bilbaoport.
13.2. Finalidad del tratamiento
La Autoridad Portuaria de Bilbao tratará la información que nos facilite con absoluta confidencialidad y con la exclusiva finalidad de desarrollar el programa de competitividad del transporte terrestre Puerto de Bilbao-Variante Sur Metropolitana.
No se elaborarán perfiles automatizados.
13.3. Conservación de los datos
Los datos personales proporcionados se conservarán durante el periodo de duración del de programa de competitividad del transporte terrestre Puerto de Bilbao-Variante Sur Metropolitana.
Finalizado el mismo, la Autoridad Portuaria de Bilbao podrá conservar los datos a efectos estadísticos y de forma anonimizada.
13.4. Legitimación del tratamiento
La base legal para el tratamiento de sus datos es el consentimiento que se le solicita en el formulario de adhesión al programa de competitividad del transporte terrestre Puerto de Bilbao-Variante Sur Metropolitana.
13.5. Comunicación de datos
Los datos que usted nos facilite se comunicarán a Interbiak Bizkaiko Hegoaldeko Akzesibilitatea S.A. a fin de verificar el cumplimiento de las condiciones descritas en el punto 2 de las bases reguladoras del programa de competitividad del transporte terrestre Puerto de Bilbao-Variante Sur Metropolitana.
13.6. Derechos de los afectados
Las personas interesadas tienen derecho a obtener confirmación sobre si la Autoridad Portuaria de Bilbao trata o no los datos personales que les conciernan.
Asimismo, tienen derecho a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos.
En determinadas circunstancias, los interesados podrán solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso únicamente los conservaremos para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
En determinadas circunstancias y por motivos relacionados con su situación particular, los interesados podrán oponerse oponerse al tratamiento de sus datos. La Autoridad Portuaria de Bilbao dejará de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos, o el ejercicio o la defensa de posibles reclamaciones.
Puede ejercitar los derechos recogidos en la legislación vigente ante la Autoridad Portuaria de Bilbao, mediante escrito presentado en el Registro General, Muelle de la Ampliación Acceso Ugaldebieta 48980 Santurtzi, o bien en el Registro electrónico (https://Sedebilbaoport.gob.es).
Información y consultas:
94 487 12 86